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¿Es eficaz el Ozono para desinfectar ambientes de Covid?

¿El uso indiscriminado del ozono para desinfectar ambientes de Covid nos puede costar la salud?

La búsqueda de soluciones para erradicar el Covid-19 en ambientes y zonas de trabajo, ha encontrado en el Ozono la gallina de huevos de oro. Un producto desinfectante que ha incrementado sus ventas de forma exponencial por su alta demanda. Las empresas han aprovechado para ofrecer el servicio de desinfección en cualquier tipo de instalación, desde el ámbito laboral (oficinas, residencias, comercios, etc) hasta al familiar. Sin embargo se desconoce su eficacia como viricida frente al Covid-19. 

A fecha de mayo de 2020 el Ozono aún no estaba en la lista de viricidas autorizados por el Ministerio de Sanidad. Así pues no es recomendable su uso como desinfectante de superficies ni del ambiente porque no se encuentra demostrada su posible eficacia frente al virus. Todo ello documentado y atendiendo en la norma UNE-EN 14476.

Debemos aclarar que el Ministerio de Sanidad publicó una nota el pasado 27 de abril sobre productos biocidas frente al Covid-19. Allí queda expresamente notificado y explicado que el Ozono está en proceso de evaluación por parte de la Unión Europea. 

El problema de no estar dentro de la lista de biocidas autorizados, y que su generación se realiza «in situ» mediante una máquina es que no disponemos del etiquetado que avise de su peligrosidad y usos.

Peligros de usar Ozono para desinfectar

El Ministerio de Sanidad advierte a la población sobre los riesgos en el uso del Ozono para desinfectar ambientes de Coronavirus:

  • No se puede aplicar el Ozono en presencia de personas. Es muy peligroso, ya que la sustancia irrita los ojos y el tracto respiratorio.
  • La sustancia puede afectar al sistema nervioso central, dando lugar a alteraciones funcionales.
  • La inhalación de gas a una concentración por encima de 5 ppm, puede causar edema pulmonar.
  • Los efectos pueden aparecer de forma no inmediata. 
  • El líquido puede producir congelación.
  • La inhalación provoca dolor de garganta, tos, dolor de cabeza, jadeo y dificultad respiratoria. 
  • En contacto con los ojos provoca irritación y mucho dolor. 
  • En contacto con la piel provoca irritación y riesgo de congelación.
  • Para poder aplicar el Ozono se deben utilizar EPIS adecuados: guantes, protección facial y ocular combinada con protección respiratoria.
  • Tras su aplicación, es necesario ventilar el lugar antes de su uso.
  • El ozono es muy reactivo y oxidante, y puede reaccionar con sustancias inflamables y combustibles produciendo reacciones químicas peligrosas. Es un comburente muy potente.

Según la Agencia Europea de Sustancias y Preparados Químicos (ECHA) el ozono es dañino por inhalación. También es irritante para la piel, produce lesiones oculares y la exposición prolongada o repetida a esta sustancia puede causar lesiones oculares graves. Además, se encuentra en evaluación su posible daño como disruptor endocrino, lo que significa la posibilidad de producir cáncer.

Para su utilización se debe advertir de los daños a la salud que conlleva el uso del ozono. Tanto a los trabajadores que lo están utilizando, como aquellos que están en las zonas de trabajo donde se ha utilizado.

A día de hoy se desconoce la dosis necesaria para garantizar su eficacia frente Covid-19 y los efectos que éstas pueden tener sobre la salud. 

Uso y comercialización

En este sentido, queremos aclarar algunas cuestiones sobre el uso descontrolado que se está realizando del ozono y abordar este tema con la relevancia que tiene por los graves daños que puede ocasionar esta sustancia.

La comercialización de cualquier biocida requiere de autorización y su registro, con previa aprobación por la Unión Europea de sus sustancias activas. Conforme al Reglamento nº 528/2012 y la normativa nacional; si bien de carácter excepcional, aquellos que están en proceso de evaluación en la Unión Europea, como es el caso de los biocidas generados a nivel local mediante maquinaria como el ozono, se permite la comercialización tras haber sido notificado al Ministerio de Sanidad y siguiendo las indicaciones del fabricante; sin olvidar que carece de etiquetado de advertencia de peligros y de usos.

Cualquier empresa de servicios de biocidas autorizados o que almacene y/o comercialice con ellos para uso profesional debe estar inscrita en el Registro Oficial de Establecimientos y Servicios de Biocidas de la comunidad autónoma que le corresponda. La autorización para la comercialización de ozono, estando este biocida en proceso de evaluación, induce a que surjan empresas que ofrecen este servicio de desinfección sin estar registradas oficialmente. 

Asimismo, el uso y manipulación de los biocidas autorizados exige que se realice por personal profesional o bien por personal profesional especializado dependiendo del tipo de biocida.

A diferencia de los biocidas de uso público, en general no requieren una formación para su manipulación por su baja toxicidad. Sin embargo, los utilizados por personal profesional requieren unos conocimientos específicos y los utilizados por personal profesional especializado. Además de la formación se les exige una capacitación profesional que se regula en el Real Decreto 830/2010.

La aplicación de un biocida exige un método específico y un procedimiento/ protocolo de trabajo para realizarlo de manera segura. En este sentido, el Ministerio de Sanidad ha facilitado información sobre unas medidas mínimas para la aplicación del ozono, insuficientes para evitar o, en su defecto, minimizar el riesgo; sería necesario aplicar otro tipo de medidas prioritarias y necesarias reguladas en el Real Decreto 374/2006, como la sustitución por otro producto que no sea dañino a la salud o menos. 

Como curiosidad comentar que, tras una consulta de ANECPLA (Asociación Nacional de Empresas de Sanidad Ambiental) al Ministerio de Sanidad, sobre la posibilidad de utilizar el ozono para desinfectar el ambiente, la respuesta que recibió fue la siguiente:

“En relación a la cuestión que nos plantea, puesto que el ozono no ha sido todavía evaluado a nivel europeo y tampoco a nivel nacional durante el periodo transitorio, no podemos responder a esta cuestión. Únicamente se puede utilizar el ozono cuando ha sido notificado de acuerdo con la Disposición Transitoria segunda del Real Decreto 1054/2002, y bajo la responsabilidad del fabricante o comercializador.”

La falta de autorización y de registro del ozono como biocida provoca que no se exija ni los conocimientos ni la capacitación regulada por normativa sanitaria al personal aplicador de este biocida como para otros viricidas autorizados; con el consiguiente riesgo que ello implica a la salud del personal aplicador y la salud de las personas que trabajan en la zona tratada. Además, se crea una falsa seguridad al no estar contrastada su eficacia frente al Covid-19.

En conclusión, siempre es mejor utilizar viricidas autorizados y cuya eficacia esté al 100% demostrado.

Publicado en Prevención Riesgos Laborales

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